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Tipos de peritos informáticos en la justicia




Perito Oficial: Peritos oficiales designados por el juez. Son profesionales independientes con título y matrícula habilitantes. Para acceder al cargo de perito oficial es requisito poseer título y matrícula habilitantes y cumplimentar el resto de los requerimientos solicitados por la dirección de servicios judiciales. Juran por única vez en legal forma, a partir de ese momento son peritos fedatarios en cada causa donde son designados, aceptando el cargo y emitiendo dictamen pericial que reviste la calidad de oficial, es decir el juez puede valerse de las conclusiones aportadas en el mismo para dictar sentencia. Para apartarse del dictamen pericial el juez podrá hacerlo argumentando razón fundada. Con lo cual el trabajo del perito oficial reviste una seriedad e implica responsabilidades civiles y penales. El trabajo de estos peritos se desarrolla habitualmente en el fuero laboral, el fuero que mayor demanda tiene de sus servicios, y en menor medida en los fueros civil y de familia. En casos excepcionales, los profesionales de universidades nacionales pueden actuar en calidad de oficiales en el fuero penal cuando son designados de oficio por el juez para dilucidar cuestiones que requieren conocimientos especializados en alguna materia muy específica o debido a que la causa lo requiere en atención a la gravedad de la problemática tratada.
Calidad habilitante
Art. 254. - Los peritos deberán tener título de tales en la materia a que pertenezca el punto sobre el que han de expedirse y estar inscriptos en las listas formadas por el órgano judicial competente. Si no estuviere reglamentada la profesión, o no hubiere peritos diplomados o inscriptos, deberá designarse a persona de conocimiento o práctica reconocidos.

Perito Forense: Son empleados estatales nombrados de oficio o a petición del Ministerio Público Fiscal. Actúan exclusivamente en el fuero penal y son aquellos que integran los gabinetes especializados de instituciones como PFA, GNA, PNA, PDI, Aduana, entre otros. También se incluyen los que forman parte de los cuerpos técnicos del poder Judicial y los técnicos de organismos públicos específicos como INTI, ONTI, DNDA.  Juran por única vez cuando son designados. Cobran sueldo de acuerdo a su jerarquía.

CPPF

Art. 267. - Los peritos nombrados de oficio o a pedido del ministerio público tendrán derecho a cobrar honorarios, a menos que tengan sueldo por cargos oficiales desempeñados en virtud de conocimientos específicos en la ciencia, arte o técnica que la pericia requiera.
El perito nombrado a petición de parte podrá cobrarlos siempre, directamente a ésta o al condenado en costas.

CPPN
ARTÍCULO 163.- Instrucciones. Durante la etapa de la investigación preparatoria, las partes podrán solicitar al representante del Ministerio Público Fiscal las instrucciones necesarias para que sus peritos puedan acceder a examinar los objetos, documentos o lugares a que se refiere su pericia o para cualquier otro fin pertinente. 

Perito de Control: Son peritos designados a petición de las partes actuantes en el proceso. Actúan en la totalidad de los fueros.  En algunos ámbitos dictaminan conjuntamente con los peritos oficiales. Deben acreditar su idoneidad profesional con título habilitante y prestar juramento al aceptar el cargo.  Pueden firmar el dictamen conjuntamente con el Perito Oficial, si están de acuerdo con el mismo o emitir su propio dictamen en disidencia si no lo están, pero siempre tratando que dicha pericial forme un solo legajo. Perciben honorarios profesionales al momento de la sentencia.

CPCC de Córdoba
ARTÍCULO 262.- Dentro de los tres días posteriores a la finalización del plazo fijado en el art. 266, las partes podrán designar un perito de control cuya única función será la de evaluar y, en su caso, criticar el dictamen pericial. No será necesario que tengan título en la especialidad, salvo cuando deban practicarse, diligencias periciales sobre una persona. En ningún caso será requisito que figuren en la lista para nombramientos de oficio.
Los peritos de control no podrán ser recusados.

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