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Problemas con los puntos periciales - Firma electrónica y firma digital

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https://youtu.be/KnycX3ajY8Y

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¿Qué define un punto pericial ideal?

Antes de entrar en la temática, es clave recordar los criterios que deben guiar la formulación de un punto pericial:

Claridad y especificidad: Evitar términos genéricos. Por ejemplo, en lugar de “analizar la firma digital”, detallar: “verificar la validez técnica de la firma digital en los recibos de sueldo emitidos entre [fechas], según el sistema [nombre]”.

Pertinencia: El punto debe relacionarse directamente con los hechos controvertidos. Si se discute la autenticidad de documentos específicos, estos deben identificarse.

Objetividad científica: El perito actúa como experto, no como testigo. Su análisis debe basarse en métodos validados (p. ej., estándares de criptografía para firmas digitales).

Neutralidad: No asumir hechos en disputa. Si la autenticidad de un documento está cuestionada, el perito no puede partir de su presunta validez.

Hola a todos, en esta oportunidad quiero compartir con ustedes una anécdota profesional muy interesante que me tocó vivir en el ámbito de las pericias informáticas, específicamente en relación a la firma electrónica y digital.  Este caso puso de manifiesto la crucial importancia de definir puntos periciales precisos y bien delimitados, especialmente cuando se trata de tecnología y pruebas digitales.

La situación se originó en el contexto de unos recibos de sueldo que presentaban una particularidad: estaban firmados electrónicamente por el empleado y digitalmente por la empresa.  La problemática surgió al cuestionarse la validez de estas firmas en un litigio laboral, y aquí es donde entran en juego los puntos periciales.

Pero, ¿qué son exactamente los puntos periciales y por qué son tan importantes?  Si nos preguntamos cuáles serían las características de un punto pericial ideal,  una rápida búsqueda o reflexión nos lleva a concluir que deben ser claros, específicos, pertinentes y directamente relacionados con lo que se pretende demostrar.  Deben buscar la objetividad, ya que la prueba pericial es una prueba de carácter científico, sustentada en el conocimiento experto y relevante a la ciencia del perito.  Y fundamentalmente, no deben dar por ciertos hechos que aún están en controversia.

En este caso particular, el objetivo de la pericia era demostrar si la documentación informática o electrónica presentada como prueba, efectivamente había sido suscrita por las partes involucradas.  El punto pericial inicial, redactado en términos generales, solicitaba que se determinara "la validez de la firma digital".

Al analizar este punto pericial, surge una primera interrogante crucial: ¿a qué tipo de "validez" se refiere? ¿A la validez técnica o a la validez legal?  La firma digital y la firma electrónica, aunque técnicamente similares, poseen diferencias legales significativas.  Legalmente, la firma digital goza de una presunción juris tantum de validez, mientras que la validez de la firma electrónica debe ser probada.  Además, el punto pericial no especificaba qué sistema o sistemas de firma utilizaba la empresa, información esencial para poder evaluar la validez de la firma digital.  Tampoco detallaba sobre qué documentos específicamente debía realizarse la pericia.

Ante este panorama poco claro,  se me designó como perito informático. Sin embargo, poco después del sorteo, recibí una comunicación del abogado de la parte actora informando que su cliente reconocía haber recibido los recibos de sueldo.  Pero este reconocimiento era parcial y ambiguo:  si bien admitía la recepción, negaba el contenido de los recibos, argumentando que no reflejaban la "realidad jurídica habida entre las partes".

Este reconocimiento a medias generó una gran interrogante: ¿debía continuar con la pericial informática o no?  Consulté al abogado, quien inicialmente me comunicó que, dado el reconocimiento, mi intervención ya no sería necesaria.  No obstante, la situación se complicó aún más durante la audiencia.  El abogado del actor argumentó que, si bien su cliente había "firmado" los recibos, lo había hecho bajo coerción, ya que si no firmaba, no cobraba su salario.  Sin embargo, al revisar los sistemas informáticos de la empresa, se evidenció que el empleado tenía la opción de firmar en disconformidad e incluso elevar una consulta al área de recursos humanos a través del sistema.

En este punto, el abogado del actor, visiblemente incómodo con los hallazgos,  intentó un último argumento basado en la imprecisión del punto pericial.  Alegó que el punto pericial, al ser genérico y solicitar la "validez de la firma digital" sin especificar qué documentos concretos debían ser peritados,  invalidaba cualquier pericia sobre la documentación presentada.  Argumentaba que, aunque se hubieran ofrecido documentos como prueba, al no estar específicamente mencionados en el punto pericial, la pericia no tenía objeto válido.

Analizando el punto pericial inicial,  efectivamente, se confirmaba su ambigüedad y falta de especificidad.  Decía "determinar la validez de la firma digital de acuerdo al sistema utilizado",  pero no identificaba ni los documentos ni los sistemas involucrados de manera precisa.

Frente a esta situación confusa, la decisión más prudente fue consultar al juez sobre cómo proceder.  La parte actora se oponía a la pericia argumentando la amplitud y falta de especificidad de los puntos periciales.

¿Cuál es la lección principal que podemos extraer de esta anécdota?  En situaciones donde no estamos familiarizados con un tema técnico, como puede ser la firma digital y electrónica (que, a pesar de ser cada vez más comunes, aún no son objeto de pericias habituales),  es fundamental utilizar el razonamiento y la lógica.  En la redacción de los puntos periciales, debemos procurar ser lo más concretos y específicos posible.

Si la materia requiere un alto grado de especificidad técnica, es altamente recomendable contar con la asistencia de un perito informático de control desde la etapa de la confección de los puntos periciales.  El objetivo principal debe ser siempre redactar puntos periciales claros, precisos y que delimiten con exactitud el objeto de la pericia,  para evitar ambigüedades, confusiones y situaciones como la que aquí se relata.

La falta de claridad en los puntos periciales no solo puede generar controversias y retrasos en los procesos judiciales, sino que, en última instancia, podría incluso afectar derechos fundamentales de las partes involucradas.  Esta anécdota nos recuerda la importancia de la precisión y la claridad en los puntos periciales, especialmente cuando la tecnología se presenta como prueba.

Espero que esta anécdota les haya resultado interesante y útil.  ¡Nos vemos en la próxima!

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