Comentario al fallo: Valoración de la Prueba Pericial informática y de arquitectura para Determinar la Posesión del Inmueble
Comentario al fallo R. SRL c. P., F. A. y otro, Protocolo de Sentencias Nº 169, Exp. Nº 12033799 (Juzgado Civil, Comercial, Conciliación y Familia 1ª Nom.-Secc. 1, Carlos Paz, Córdoba, 27 de septiembre de 2024).
El valor de la prueba pericial informática y de arquitectura en la determinación de la posesión
Relevancia de la prueba pericial en la acreditación de la posesión
En el caso analizado, la determinación de la fecha y la existencia de actos posesorios sobre el inmueble litigioso recayó en la prueba pericial de arquitectura, en la prueba pericial informática, en las testimoniales y documentales. En particular las pruebas periciales resultan esenciales para dotar de certeza objetiva a los hechos alegados por las partes, especialmente en contextos donde la acreditación de la antigüedad y continuidad de la posesión es determinante para la resolución del conflicto.
Prueba pericial informática: garantía de autenticidad y fiabilidad de la evidencia digital
Función: Su rol es certificar la autenticidad de las imágenes satelitales utilizadas por la arquitecta. Esto garantiza que la base sobre la cual se realizaron las inferencias temporales es fiable y no ha sido adulterada.
Impacto: Al validar la fuente de información primaria (las imágenes satelitales), la pericia informática otorga solidez y credibilidad a las conclusiones derivadas de su análisis por parte de la Arquitecta. Asegura la cadena de custodia y la integridad de la prueba digital.
La intervención del perito informático Andrés Santiago Aliaga, quien certificó la autenticidad de las imágenes satelitales ofrecidas como prueba por la parte y posteriormente utilizadas por la perita arquitecta, refuerza la cadena de custodia y la integridad de la prueba digital. La pericia informática, en este sentido, cumple una función auxiliar indispensable: garantiza que las imágenes satelitales no han sido alteradas y que corresponden efectivamente al inmueble y a las fechas invocadas, dotando de mayor fuerza probatoria al dictamen arquitectónico. La correcta obtención, conservación y análisis de la evidencia digital es fundamental para evitar cuestionamientos sobre su fiabilidad y para cumplir con los estándares procesales en materia de prueba electrónica.
Prueba pericial de arquitectura: precisión técnica en la datación de mejoras
El informe de la perita arquitecta, basado en la evaluación de imágenes satelitales y la constatación física de las mejoras, permitió establecer con rigor técnico la existencia de indicios de construcción desde 2011 y la antigüedad aproximada de las distintas edificaciones y mejoras en el lote. Este tipo de pericia resulta especialmente valioso en procesos donde la posesión se vincula a la realización de actos materiales sobre el inmueble, ya que permite objetivar la fecha de inicio y la evolución de la ocupación, superando la mera declaración de parte o testigos, que pueden estar teñidas de subjetividad o interés.
Valoración conjunta: prueba técnica y testifical
La eficacia de la prueba pericial técnica se ve complementada con la prueba testifical, que en este caso corrobora la existencia de la vivienda y la relación de los ocupantes con el inmueble. Sin embargo, la prueba pericial, por su carácter objetivo y técnico, adquiere especial relevancia frente a la mera invocación de la posesión, ya que permite al juzgador constatar una realidad no directamente perceptible por los sentidos, como la antigüedad de las construcciones o la autenticidad de la documentación digital.
La Prueba Pericial como Elemento complementario frente al Desalojo:
El fallo utiliza las conclusiones de estas pericias, en conjunto con la prueba documental (inscripción en el Registro de Poseedores) y testimonial (que corrobora la presencia de Peralta y su empleado), para arribar a una conclusión procesal determinante:
Acreditación de Actos Posesorios: Las pericias demuestran objetivamente que Peralta no es un mero ocupante transitorio, sino que ha realizado inversiones y modificaciones sustanciales en el inmueble a lo largo del tiempo, compatibles con el animus domini (intención de ser dueño).
Insuficiencia del Juicio de Desalojo: La constatación técnica de estos actos posesorios, que implican una disputa sobre la titularidad o el mejor derecho a poseer, excede la limitada cognición del juicio de desalojo. Este proceso sumario está diseñado para resolver cuestiones de tenencia precaria o intrusión simple, no para dirimir controversias posesorias complejas que requieren un debate probatorio amplio.
Necesidad de un Proceso Ordinario: La prueba pericial, al establecer una base fáctica sólida sobre la antigüedad y naturaleza de la ocupación, justifica la postura del tribunal de que la contienda debe ventilarse en un proceso de conocimiento plenario (juicio ordinario o reivindicatorio), donde ambas partes puedan desplegar ampliamente sus argumentos y pruebas respecto a quién ostenta el "mejor derecho" sobre la cosa.
Conclusión
La prueba pericial informática y de arquitectura ha cumplido su rol en la determinación de las fechas históricas de posesión del inmueble, aportando certeza técnico objetiva sobre la antigüedad de las construcciones y la continuidad de la ocupación por parte del demandado. El informe de la Arquitecta, respaldado por la validación informática del perito Aliaga, demuestra que la vivienda principal data de aproximadamente 2010, con indicios de actividad desde 2011, lo que se alinea con la posesión declarada por el demandado desde 1997. Estas pruebas, junto con la documental y testimonial, evidencian una posesión prolongada y contradictoria con la calidad de tenedor precario alegada por la actora, trasladando el conflicto a un ámbito que trasciende el juicio de desalojo y requiere un análisis más profundo en otra sede procesal.
Comentarios
Publicar un comentario